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DONACION

Es el contrato por el cual una persona transfiere a otra gratuitamente uno o más bienes.

Requisitos DONADOR (persona que otorga):

Identificación Oficial Vigente

Acta de Nacimiento

Acta de Matrimonio

Cédula de Identificación Fiscal

CURP

Comprobante de Domicilio

Antecedentes del inmueble objeto de la Donación

Predial al corriente

Requisitos DONATARIO (adquiriente):

Identificación Oficial Vigente

Acta de Nacimiento

Acta de Matrimonio

CURP

Cédula de Identificación Fiscal

Comprobante de Domicilio

 

NOTAS IMPORTANTES:

En ocasiones es recomendable que los donantes se reserven el usufructo vitalicio sobre el inmueble que donarán. Esto significa que aún y cuando la casa o terreno ya no es de su propiedad, legalmente tienen el derecho de habitarlos, utilizarlos, rentarlos y en general obtener sus frutos. Con ese derecho las personas a quienes se les donó la propiedad, no podrán venderla o hipotecarlo sin su consentimiento y deberán avisarles antes de pretender hacerlo.

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