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DONACION
Es el contrato por el cual una persona transfiere a otra gratuitamente uno o más bienes.
Requisitos DONADOR (persona que otorga):
Identificación Oficial Vigente
Acta de Nacimiento
Acta de Matrimonio
Cédula de Identificación Fiscal
CURP
Comprobante de Domicilio
Antecedentes del inmueble objeto de la Donación
Predial al corriente
Requisitos DONATARIO (adquiriente):
Identificación Oficial Vigente
Acta de Nacimiento
Acta de Matrimonio
CURP
Cédula de Identificación Fiscal
Comprobante de Domicilio
NOTAS IMPORTANTES:
En ocasiones es recomendable que los donantes se reserven el usufructo vitalicio sobre el inmueble que donarán. Esto significa que aún y cuando la casa o terreno ya no es de su propiedad, legalmente tienen el derecho de habitarlos, utilizarlos, rentarlos y en general obtener sus frutos. Con ese derecho las personas a quienes se les donó la propiedad, no podrán venderla o hipotecarlo sin su consentimiento y deberán avisarles antes de pretender hacerlo.