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CESION DE DERECHOS PRIVADA
Es un acto jurídico mediante el cual una persona o acreedor denominado cedente transfiere a otra persona llamado cesionario, los derechos o créditos que tiene contra su deudor, sin que se altere la esencia de la obligación.
Requisitos:
Identificación Oficial Vigente, CURP, RFC. (del cedente y cesionario)
Los demás requisitos son de acuerdo al tipo de cesión. (Preguntar al notario)